A- de 2022
Ponente Paola Andrea Meneses Mosquera
✓Demandante Ese Hospital Integrado San Antonio De Puente Nacional Santander·Demandado Osorio Camacho Maria Teresa Del Pilar Y Otros
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Acción de repetición
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado Tercero Administrativo Oral del Circuito de San Gil de Santander y el Juzgado Civil del Circuito de Puente Nacional de Santander.
La controversia inicio por la interposición de demanda administrativa de acción de repetición en contra de unos particulares que ejercieron la labor de gerentes del Hospital Integrado San Antonio De Puente.
Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena estableció como regla de decisión que La jurisdicción contenciosa administrativa es la competente para conocer de las acciones de repetición que promuevan Empresas Sociales del Estado en contra de sus extrabajadores, después de la entrada en vigor del Ley 1437 de 2011.
Y concluyó que la autoridad competente para decidir el mencionado proceso es el Juzgado Tercero Administrativo Oral del Circuito de San Gil a donde ordenó remitir el expediente para que le imparta el trámite correspondiente y para que comunique la presente decisión a los interesados.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (7 puntos)
- PRIMERO. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado
- Tercero. Administrativo Oral del Circuito de San Gil y el Juzgado
- Primero. Civil de Puente Nacional, ambos del departamento de Santander, en el sentido de DECLARAR que el Juzgado
- Tercero. Administrativo Oral del Circuito de San Gil (Santander) es la autoridad competente para conocer del proceso promovido por el la E.S.E Hospital Integrado San Antonio de Puente Nacional en contra de María Teresa del Pilar Osorio Camacho, Blanca Mendoza Cuello, Adriana Zúñiga, Oscar Santiago Meléndez Moreno, Alexander Ariza García, Balkis Yamile Gordillo, Yenni Nieves de la Rosa y Alejandra María Montealegre Moreno.
- SEGUNDO. Por intermedio de la Secretaría General, REMITIR el expediente CJU-2018 al Juzgado
- Tercero. Administrativo Oral del Circuito de San Gil (Santander) para que proceda con lo de su competencia y comunique la presente decisión a los interesados y al Juzgado
- Primero. Civil de Puente Nacional (Santander).
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.